Camino de migas

Camino de migas

Publicador de contenidos

El IAM presenta al Consejo Asturiano de la Mujer un primer borrador de la Ley asturiana para la igualdad entre mujeres y hombres y la erradicación de la violencia de género

06/05/2010
Esta presentación y las aportaciones que realicen las entidades representadas en el Consejo suponen el primer paso en la tramitación de esta nueva normativa.  El borrador presentado consta de 48 artículos y está dividido en un Título Preliminar y cinco Títulos más, aunque esto puede variar hasta su aprobación final.

La Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad, María José Ramos, presidió esta tarde la sesión extraordinaria del Consejo Asturiano de la Mujer en la que, junto a la Consejera de Bienestar Social y Vivienda, Noemí Martín, y la Directora del Instituto Asturiano de la Mujer, María Fernández Campomanes, presentó un primer borrador de la Ley del Principado de Asturias para la Igualdad de Mujeres y Hombres y la Erradicación de la Violencia.

Durante la reunión, las diferentes representantes de las asociaciones de mujeres, sindicatos y partidos políticos integrantes del Consejo presentaron por su parte sus propuestas y aportaciones al texto de partida.

Se trata del primer paso en la tramitación de esta nueva normativa del Principado de Asturias que, tras pasar hoy por el Consejo Asturiano de la Mujer, seguirá su proceso con el objetivo de, este mismo año y tras obtener el visto bueno del Consejo de Gobierno, ser trasladada a la Junta General del Principado para su aprobación definitiva y entrada en vigor.

Tal y como explicó la Consejera de Presidencia, Justicia e Igualdad a las representantes en el Consejo Asturiano de la Mujer, los principales objetivos que persigue esta Ley son:

- Afianzar los derechos establecidos por dos leyes que han marcado el compromiso del Gobierno de España en materia de igualdad: la Ley Integral contra la Violencia de Género y la Ley para la Igualdad Efectiva.

- Consolidar los avances en materia de igualdad alcanzados en Asturias en los últimos años, entre los que se encuentran la creación del Instituto Asturiano de la Mujer, el modelo de atención a víctimas de la violencia de género o la Red de Casas de Acogida.

- E impulsar las políticas públicas para la igualdad, reforzando el compromiso de todos los departamentos de la administración del Principado en esta materia.

Una de las principales novedades de esta Ley respecto a las ya existentes en otras Comunidades Autónomas es que aúna en un solo cuerpo normativo dos materias: la igualdad entre hombres y mujeres y la violencia de género. Este tratamiento responde a una realidad palpable: la violencia de género es la manifestación más brutal de la desigualdad, ya que se trata de una violencia que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo. Por eso, desde el Gobierno asturiano se entiende que cualquier estrategia o iniciativa tendente a acortar desigualdades supondrá un avance en la erradicación de la violencia de género.

Contenidos del borrador de la Ley
El borrador presentado l Consejo Asturiano de la Mujer, que  puede sufrir variaciones hasta su aprobación final, consta de 48 artículos y está dividido en las siguientes partes:

- Exposición de motivos: Recoge la normativa vigente en materia de igualdad y violencia de género.

- Título Preliminar: Regula el objeto y ámbito de aplicación de la ley, estableciendo los conceptos esenciales de igualdad de trato y de violencia de género.

- Título I: Establece las políticas públicas para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres, aludiendo a la integración de la perspectiva de género en las políticas públicas, la promoción de la igualdad de género por la Administración del Principado, así como las acciones administrativas para el fomento de la igualdad (destacando la Red de Casas de Acogida), así como la implantación de un modelo educativo que integre en sus principios la educación en el respeto de la igualdad de derechos y oportunidades. Se alude asimismo a la integración del principio de igualdad entre hombres y mujeres en el campo de la salud, en las políticas de bienestar social, en los ámbitos de la cultura, el deporte y la sociedad de la información, en el desarrollo rural y en la cooperación para el desarrollo.

- Título II: Se refiere a la igualdad de oportunidades en el empleo, constituyendo un objetivo prioritario de la política de empleo la igualdad entre hombres y mujeres.

- Título III: Desarrolla el derecho al trabajo en igualdad, ciñéndose a aspectos como la igualdad en las empresas, la prevención de riesgos laborales con perspectiva de género… Se regula, a su vez, la igualdad en el empleo público y la corresponsabilidad y conciliación de la vida familiar y laboral.

- Título IV: Se centra en las funciones de la Administración del Principado, aludiendo al Instituto Asturiano de la Mujer como el órgano al que corresponde la promoción de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres. En dicho título se consagra el Consejo Asturiano de la Mujer como órgano que sirve de cauce para la participación de las organizaciones de mujeres.

- Título V: Consta de un único artículo en el que se regula el cauce de evaluación de la aplicación de la ley en las políticas públicas.